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Decreto de la Fundación de la Villa de La Paz
13 de Julio de 1835

Decreto

Ver Artículo original ampliado.

LA PAZ ANTES

Cien Años de Vida Paceña

1835 - 1935

Cabe aclarar que todos los artículos fueron citados de la misma fuente gracias a una recopilación de varios años de las publicaciones del Semanario El Paceño.

 

FUENTE: SEMANARIO EL PACEÑO

AUTOR: CARLOS RODRIGUEZ ARMESTO

DECRETO DE LA FUNDACIÓN DE LA VILLA DE LA PAZ 13 DE JULIO DE 1835

La honorable comisión permanente autorizada por la sala de representante en sesión del siete de Marzo del presente año para deliberar sobre la formación de un pueblo en el litoral del río Paraná, oído el informe el Gbno., ha acordado con valor y fuerza la ley, el siguiente:

DECRETO


                     Art. 1ro. En el lugar denominado Caballú Cuatiá se formará un pueblo con el título de Villa.

             Art. 2do. Se le dará el nombre de La Paz bajo la vocación de Ntra. Sra. de ese título.

                      Art. 3ro. Su área será de una legua cuadrada.

                    Art. 4to. Se autoriza al gobierno para que compre la propiedad de dichpo terreno previo el devido esclarecimiento.
Art. 5to. Comuníquese al P. E. para su cumplimiento y efecto consiguiente.


Sala de sesiones en el Paraná a 11 de Julio de 1835.

JOSE SOLER                                    CELEDONIO J. DEL CASTILLO

                           Presidente                                                         Secretario
 
Julio 13 de 1835.
Cúmplase la presente honorable resolución, publíquese por bando, fijese copias en los parajes públicos y comuníquese a quien corresponda.

                         PASCUAL ECHAGÜE                                   TORIBIO ORTIZ
                             Gobernador                                                  Secretario


En la ciudad de Nuestra Señora del Rosario de Paraná a los quince días del mes de Julio de mil ochocientos treinta y cinco se publicó por bando la antedicha honorable resolución por las plazas y calles pricipales de esta dicha ciudad al son de bélicos instrumentos escoltados por una compañia cívica de infantería y un piquete de Caballería con asistencia de un oficial suplente por el sargento Mayor de plaza fijándose inmediatamente copia autorizada en los lugares públicos y de costumbres, de cuya diligencia yo el escribano público en todos los ramos de administración doy fé.

CASIANO CALDERÓN

Escribano de número


               






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